Es de público conocimiento que la ley conocida como «ley de las 40 horas» (ley 21.561) se comenzó a aplicar desde el año 2024 gradualmente y este año corresponde rebajar la jornada laboral semanal a un total de 42 horas.
Junto con la aplicación y rebaja gradual también surge la pregunta ¿a quiénes deja esta ley excluidos de la aplicación de la rebaja de la jornada laboral?
El artículo 22 del Código del Trabajo expone los siguientes casos:
1) Altos cargos de confianza
1.1 Gerentes,
1.2 Administradores,
1.3 Apoderados con facultades de administración
2) Todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata en razón de la naturaleza de las labores desempeñadas.
En caso de controversia y a petición de cualquiera de las partes, el Inspector del Trabajo respectivo resolverá si esa determinada labor se encuentra en alguna de las situaciones descritas.
